¿Qué dice la ley sobre el uso de los símbolos patrios?

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Los países construyen símbolos que representan historia y valores con el propósito de crear su identidad como naciones. Tales emblemas nacionales producen un sentido de pertenencia para sus habitantes y una especie de pasión patriótica que los hace sentirse identificados. Los tres símbolos patrios más reconocidos en la ley son el Escudo Nacional, la Bandera y el Himno Nacional.

Existen principios normativos sobre la utilización, reproducción y difusión de los símbolos patrios. Se trata de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales en la que se establecen tanto las características estructurales que los identifican, como los lineamientos para su uso adecuado. La Secretaría de Gobernación se encarga de vigilar el cumplimiento de esta ley.

El Escudo Nacional, cuyo antecedente mítico, está basado en la fundación de la Gran Tenochtitlán, representa la fuerza y la valentía del pueblo mexicano. Éste no se puede modificar, ya que corresponde escrupulosamente a las características que señala el Artículo 2o. de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, así como tampoco puede alterarse bajo ningún motivo.

Tampoco los particulares pueden hacer uso del Escudo Nacional, porque sólo puede simbolizarse en los vehículos que use el Presidente de la República y en los documentos oficiales de las dependencias de los poderes federales y estatales, como también de las municipalidades. Está prohibido usarlo en documentos particulares.

La Bandera es el lábaro patrio constituido por tres franjas verticales pintadas de verde, blanco y rojo, resaltando en su parte central el imponente Escudo Nacional. Siempre que la Bandera Nacional esté presente en festividades cívicas o ceremonias oficiales, se le debe rendir honores. Y se trata de realizar un saludo civil simultáneo de todas las personas que se encuentren presentes, además se deberá interpretar el Himno Nacional

De acuerdo con la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, no es necesario contar con un permiso para poder usar la Bandera Nacional en la fachada de inmuebles, domicilios, oficinas, vehículos, establecimientos comerciales o empresas. Sin embargo, la Bandera debe tener un trato limpio y decoroso y se deben respetar las características de diseño y proporcionalidad.

Finalmente, el Himno Nacional es el símbolo de la Independencia de México, se trata sobre un canto a la libertad que se interpreta al rendir honores a la Bandera Nacional. Sólo puede ser ejecutado en actos solemnes de carácter oficial, cívico, cultural, escolar o deportivo.

El canto del Himno Nacional se debe apegar a la letra y música establecida en los artículos 57 y 58 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Cualquier pueblo y comunidad indígena pueden interpretar el Himno Nacional traducido a la lengua materna que en casa paso corresponda.

Como conclusión, es importante saber que los símbolos patrios representan a toda la nación, y en relación con nuestras tradiciones, ideología y cultura, se nos otorga un sentido de identificación ciudadana y de amor y respeto a la patria.

Fuentes:

https://www.gob.mx/segob/articulos/uso-adecuado-de-los-simbolos-patrios?idiom=es

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